Viernes, Abril 19, 2024
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Convención consagra protección de bienes comunes naturales

Las y los constituyentes aprobaron integrar en la nueva constitución cinco artículos sobre la definición y deber de protección de los bienes comunes naturales, como el agua, y el acceso responsable a la naturaleza.

El Pleno de la Convención Constitucional votó los últimos artículos emanados de la Comisión de Medio Ambiente sobre su primer bloque temático referido a los Derechos de la Naturaleza.

Son cinco nuevos artículos que se incluyeron al borrador de nueva Constitución para el país, que definen a los bienes comunes naturales y su protección, así como el acceso responsable a la naturaleza.

Sobre los bienes comunes naturales se aprobaron los siguientes artículos: 

Artículo 12 A

Señala que los bienes comunes naturales son el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos y el subsuelo. 

Además, establece que son bienes comunes inapropiables el agua en todos sus estados y el aire.

Artículo 12 B

Define el rol de custodio del Estado y sus diferentes deberes, según la clasificación del bien.

Sobre los bienes inapropiables se indica que deberá: preservar, conservar y restaurar, así como también, administrarlos de forma “democrática, solidaria, participativa y equitativa”. Mientras que, con los bienes susceptibles de dominio privado, el Estado tendrá la facultad de “regular su uso y goce”.

Artículo 12 C

Establece que cualquier persona podrá exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes naturales. Para ello, la ley determinará el procedimiento y los requisitos de esta acción.

Artículo 12 D

Dispone que el Estado podrá otorgar autorizaciones administrativas para el uso de los bienes comunes naturales inapropiables.

Al respecto, la coordinadora de la comisión de Medio Ambiente, Camila Zárate, fue enfática en recalcar que esto no implica entregar un “derecho de propiedad”.

“Las autorizaciones de uso ya no van a entregar propiedad respecto a estos bienes comunes. Habrá una administración equitativa, ecológica y con criterios de responsabilidad, con protección del ciclo hidrológico”, precisó la constituyente.

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